Resolución de 8 de junio de 2018, de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, por la que se da cumplimiento a la disposición adicional segunda de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.
De conformidad con la citada Resolución, resultan susceptibles de ser declarados de contratación centralizada los siguientes suministros y servicios:
– Servicios de seguridad privada y auxiliares de control no afectados por la centralización establecida en la Orden EHA/1049/2008.
– Servicios de limpieza integral de edificios no afectados por la centralización establecida en la Orden EHA/1049/2008.
– Seguros.
– Combustible para instalaciones.
– Gas para instalaciones.
– Gestión de residuos.
– Ver Resolución: AGE.Resolución 8-6-2018.Cont centralizada