Resolución de 8 de junio de 2018, de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, por la que se da cumplimiento a la disposición adicional segunda de la Orden EHA/1049/2008, de 10 de abril, de declaración de bienes y servicios de contratación centralizada.

    De conformidad con la citada Resolución, resultan susceptibles de ser declarados de contratación centralizada los siguientes suministros y servicios:

    – Servicios de seguridad privada y auxiliares de control no afectados por la centralización establecida en la Orden EHA/1049/2008.
    – Servicios de limpieza integral de edificios no afectados por la centralización establecida en la Orden EHA/1049/2008.
    – Seguros.
    – Combustible para instalaciones.
    – Gas para instalaciones.
    – Gestión de residuos.

    – Ver Resolución: AGE.Resolución 8-6-2018.Cont centralizada