Junta Asesora de Contratación Pública del Gobierno Vasco. Recomendación 1/2018, de 11 de abril: contratos menores a la luz de la nueva ley de contratos del sector público.

    Respecto de la limitación del art. 118.3 considera que “limitación de no haber suscrito más contratos no es absoluta sino sólo referida a cada tipo de contrato (obras, servicios, suministros) respectivamente, pues a ellos se corresponden las cifras. Lo contrario dejaría sin virtualidad el apartado 3 del artículo”; y que el límite temporal en que opera dicha prohibición de debe ser entendido como año o ejercicio presupuestario.

    – Ver recomendación: JACPPaísVasco.Recomendación 1-2018.Contratos_menores