RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 739-2018, CONTRA EL ARTÍCULO 289.2, DISPOSICIÓN ADICIONAL 43.ª Y LAS DISPOSICIONES FINALES 9.ª, 11.ª Y 12.ª DE LA LEY 9/2017, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, POR LA QUE SE TRANSPONEN AL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL LAS DIRECTIVAS DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO 2014/23/UE Y 2014/24/UE, DE 26 DE FEBRERO DE 2014.

    El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de marzo actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 739-2018, promovido por más de cincuenta Diputados pertenecientes al Grupo Parlamentario de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea del Congreso de los Diputados, contra el artículo 289.2, disposición adicional 43.ª y las disposiciones finales 9.ª, 11.ª y 12.ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

    Según declaraciones del portavoz del Grupo, el motivo del recurso es la consideración como ‘no tributario’ o ‘tributario’ del pago por determinadas concesiones, debido a que de ello “dependen cuestiones como que se pueda cortar o no el agua por impago a vecinos que no puedan hacer frente” a las tasas.