El nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea fue publicado en mayo de 2016, entrando en vigor en ese mismo mes. Sin embargo, será aplicable a partir del 25 de mayo de 2018. Por lo tanto, las modificaciones que deberán realizarse para alinear la actividad de las AALL con las previsiones del RGPD habrán de estar listas para aplicarse, a más tardar, en esa fecha de 2018.
Con el fin de ayudar a realizar estas modificaciones, la AEPD ha elaborado este documento, que se refiere únicamente a efectos directamente derivados del RGPD como tal, aun cuando en ocasiones se hace referencia a las normas nacionales que deberán desarrollar algunas de sus previsiones. No se mencionan específicamente otras normas nacionales que podrán adoptarse en ejercicio de habilitaciones que contiene el propio RGPD y que podrían establecer determinadas condiciones adicionales para algunos tratamientos.
Aunque no sea específico en materia de contratación, consideramos de gran interés su divulgación.
– Ver documento: AEPD. reglamento Vs AALL