RECOMENDACIÓN 2/2017 DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA SOBRE LA APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS EN UN EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.

    Esta Junta Consultiva en sesión celebrada el día 20 de Julio del 2017 , en virtud de las competencias que le confiere el artículo 40.2 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, aprobado por Decreto 86/2016, de 11 de julio

    RECOMIENDA

    En aquellas licitaciones que se contraten prestaciones en las que el componente económico fundamental venga constituido por el coste de la mano de obra, o en las que se incorporen cláusulas de subrogación de trabajadores, la inclusión de una cláusula en la que se exija la aplicación de un determinado Convenio colectivo, podrá establecerse, siempre a decisión del órgano competente valorando las circunstancias de la concreta licitación, como condición de ejecución del contrato ((sin posibilidad de valorar su oferta en la proposición), debiéndose concretar en los correspondientes pliegos los requisitos precisos para entender cumplida la citada obligación así como las consecuencias de su incumplimiento por el contratista.

    – Ver documento: JCCA Can.Recomendacion 2-2017.Conv colectivo