Decreto Ley 7/2016, de 4 de noviembre, del Consell, sobre acción concertada para la prestación de servicios a las personas en el ámbito sanitario (DOCV de 10 de noviembre de 2016).
Este decreto ley da cabida a la prestación de servicios a las personas mediante la acción concertada de la Administración con entidades sin ánimo de lucro; no planteando duda alguna desde el punto de vista del operador económico ya que se entiende que si este operador aspira legítimamente a obtener un beneficio empresarial, como consecuencia de su relación con la Administración, esta solo podrá hacerlo en el marco de un proceso de contratación pública.
La conselleria competente en materia de sanidad y sin perjuicio de la aplicación de formas de gestión directa o indirecta, podrá organizar la prestación de servicios sanitarios mediante acuerdos de acción concertada con entidades públicas o con entidades privadas sin ánimo de lucro, teniendo en cuenta, con carácter previo, la utilización óptima de sus recursos sanitarios propios.
– Ver decreto-ley: generalitat-valenciana-d-ley-7-2016-accion-concertada-servicios-sanitarios