Se trata de coordinar la posiblidad que el artículo 218 TRLCSP reconoce al contratista de transmitir los créditos o derechos de cobro frente a la Administración con las previsiones recogidas en la Ley de impulso de la factura electróncia de 2013

    – Ver Circular: circular-conjunta-age-igae-cesiones-de-credito-y-factura-electronica-1