Protocolo al amparo del Acuerdo firmado en Madrid el 10 de octubre de 1995 entre el Gobierno de la República Francesa y el Gobierno del Reino de España relativo a la construcción y explotación de la sección internacional de una línea ferroviaria de alta velocidad entre Francia y España (vertiente mediterránea), hecho en París el 23 de mayo de 2016.

    El objeto del presente Protocolo es precisar, de conformidad con el Acuerdo de Madrid, las disposiciones transitorias de explotación común de la sección internacional (i) en caso de que las Partes Contratantes ejerciten la prerrogativa de sustitución del concesionario prevista en la cláusula 27.7 del Contrato y/o (ii) en caso de que dicho Contrato termine de manera anticipada, en los términos previstos en las cláusulas 25 o 26 de éste, hasta que las Partes Contratantes fijen de forma definitiva las condiciones de explotación permanente de la sección internacional.

    – Ver documento: protocolo-ave-francia-espana-2016