Se modifica el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, de creación del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid. Además, se establece un nuevo sistema de selección y designación del Presidente y los Vocales, así como de remoción y pérdida de la condición de miembro del Tribunal.

    A la entrada en vigor de esta Ley, los funcionarios que ostentan los cargos de Presidente o Vocal del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid continuarán en sus puestos hasta que finalicen sus nombramientos y tomen posesión los nuevos miembros designados por concurso de méritos objetivo.
    Los cargos de Vocal no cubiertos a la entrada en vigor de esta Ley serán cubiertos de forma inmediata a través del procedimiento establecido en la misma, con fecha 1 de enero de 2017.

    – Ver texto: Madrid.Ley 5-2016.TACP