En su Informe Especial 17/2016 (de 57 páginas, más sus correspondientes anexos) el Tribunal de Cuentas Europeo considera que las instituciones de la UE pueden hacer más para facilitar el acceso a su contratación pública y, por lo tanto, formula las siguientes recomendaciones para que adopten una política que permita fomentar sistemáticamente una participación más amplia:

    1ª. A fin de facilitar el seguimiento de la accesibilidad de sus actividades de contratación, todas las instituciones de la UE deberían recopilar y analizar datos tanto del número inicial de solicitudes de participación como de las ofertas recibidas y el número de ofertas que se tuvieron en cuenta en la decisión de adjudicación final.

    2ª. Para la próxima revisión del Reglamento Financiero de la UE en 2016, la Comisión debería consolidar todas las disposiciones pertinentes en una única normativa de contratación pública en la que debería fomentarse explícitamente la participación de las pequeñas y medianas empresas.

    3ª. Las instituciones de la UE deberían utilizar de manera proactiva las consultas preliminares de mercado cuando sea procedente con el fin de preparar el procedimiento de contratación e informar a los operadores económicos de sus planes de contratación.

    4ª. Las instituciones de la UE deberían dividir los contratos en lotes cuando sea posible para aumentar la participación en sus procedimientos de contratación.

    5ª. Las instituciones de la UE deberían crear una ventanilla única común electrónica para sus actividades de contratación públicas que permita a los operadores económicos encontrar toda la información pertinente en un único lugar en línea e interactuar con las instituciones de la UE a través de esta página web.

    6ª. La Comisión debería proponer una vía de recurso rápida para las reclamaciones de los operadores económicos que consideran que han recibido un trato injusto. Dicho recurso debería tener lugar antes de que los operadores económicos acudan al Defensor del Pueblo o a los Tribunales de la UE.

    7ª. Para posibilitar el seguimiento a posteriori de sus actividades de contratación, las instituciones de la UE deberían crear un único depósito público de información relacionada con sus contratos públicos que podría desarrollarse como parte de la plataforma de licitación electrónica de TED.

    8ª. La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) debería elaborar informes y estadísticas sobre los distintos tipos de denuncias que se están investigando y el resultado de dichas investigaciones.

    9ª. Las instituciones de la UE deberían utilizar revisiones por homólogos en aras del aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas.

    Dicho Informe ha sido aprobado por la Sala IV, presidida por Baudilio Tomé Muguruza, Miembro del Tribunal de Cuentas, en Luxemburgo en su reunión del día 24 de mayo de 2016.

    – Ver informe: TCuentasEuropeo.Informe 17-2016_PROCUREMENT_ES