«Directiva 2004/17/CE — Procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales — Decisión de Ejecución por la que se exime a algunos servicios del sector postal de Austria de la aplicación de la Directiva 2004/17 — Artículo 30 de la Directiva 2004/17 — Obligación de motivación— Error manifiesto de apreciación».

    Asunto T‑463/14, Österreichische Post/Comisión (EU:T:2016:243)

    El presente conflicto tiene por objeto una pretensión de anulación parcial de la Decisión de Ejecución 2014/184/UE de la Comisión, de 2 de abril de 2014, por la que se exime a algunos servicios del sector postal de Austria de la aplicación de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales.

    La demandante, Österreichische Post AG, es una sociedad anónima austriaca, propiedad al 52,80 % de Österreichische Industrieholding AG, que, a su vez, es propiedad al 100 % de la República de Austria. Presta servicios postales completos y servicios conexos en el territorio de Austria y, en virtud de la ley austriaca, ha sido designada como operador de servicio universal en Austria.

    Dado que determinados servicios postales prestados en Austria estaban sometidos directamente a la competencia en mercados cuyo acceso no estaba limitado, en septiembre de 2013 solicitó a la Comisión que declarara que los contratos destinados a hacer posible la prestación de esos servicios no estaban sujetos a los procedimientos de adjudicación de contratos en el sector de los servicios postales previstos en la Directiva 2004/17. De acuerdo con dicha solicitud,  la Comisión adoptó, el 2 de abril de 2014, la Decisión de Ejecución 2014/184/UE, por la que se exime a algunos servicios del sector postal de Austria de la aplicación de la Directiva 2004/17 (DO L 101, p. 4). En concreto, el artículo 1 de la Decisión impugnada dispone que la Directiva 2004/17 no se aplicará a los contratos otorgados por las entidades adjudicadoras con el fin de posibilitar la prestación en Austria de los servicios siguientes:

    –        servicios de gestión de salas de correo;

    –        servicios de valor añadido vinculados a los medios de comunicación electrónicos y prestados completamente por esos medios;

    –        servicios filatélicos;

    –        servicios de pago prestados en su propio nombre.

    Por lo que respecta a los otros servicios a los que se refería la demandante en su solicitud e indicados en el apartado 3 anterior, la Comisión señaló, en el considerando 102 de la Decisión impugnada, que no se cumplía en el territorio de Austria la condición de exposición directa a la competencia que establece el artículo 30, apartado 1, de la Directiva 2004/17. Por este motivo, esos servicios quedaban sujetos a lo dispuesto en la Directiva 2004/17.

    En apoyo de su recurso, la demandante formula siete motivos. En esencia, alega que la Comisión aplicó incorrectamente la Directiva 2004/17 al declarar que no se cumplían las condiciones establecidas en el artículo 30, apartado 1, de ésta. La demandante afirma que, puesto que los servicios postales de que se trata estaban sometidos directamente a la competencia en mercados cuyo acceso no estaba limitado, la Comisión consideró erróneamente que los contratos destinados a hacer posible la prestación de esos servicios seguían estando sujetos a la Directiva 2004/17.

    Tras analizar las concretas circunstancias del sector postal en Austria, el TG concluye que  procede anular la Decisión de Ejecución 2014/184/UE de la Comisión, de 2 de abril de 2014, por la que se exime a algunos servicios del sector postal de Austria de la aplicación de la Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales, en la medida en que indica que esta Directiva debe seguir aplicándose en relación con el mercado de los servicios postales para cartas con dirección enviadas entre clientes empresariales y entre clientes empresariales y clientes particulares a nivel internacional en Austria; desestimando el recurso en todo lo demás.

    – Ver sentencia: STG 27-04-2016. Servicios postales.Austria