En sentencia de 19 de noviembre, el Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional determinados preceptos e incisos de la Ley de medidas en materia de contratos del sector público de Aragón de 2011:
a) El inciso “y simplificados en los que se haya optado por no constituir Mesa de contratación” del art. 6.1 (relativo a la utilización de la declaración responsable en este tipo de procedimientos).
b) El inciso “en el plazo de cinco días hábiles” del art. 6.2 (relativo al plazo de presentación de la documentación acreditativa de su capacidad, representación y solvencia por parte del candidato propuesto).
c) El art. 10.2,c) (relativo a la publicación oficial del anuncio de licitación del contrato en los procedimientos simplificados).
d) El art. 10.2,d) (relativo al plazo para la presentación de proposiciones en los procedimientos simplificados).
e) El inciso “en el plazo de cinco días hábiles” del art. 10.2,f) (relativo al plazo para acreditar la posesión de la documentación en el caso de presentación de declaración responsable)
-Ver sentencia: STC 19-11-2015.Ley contratos Aragón