Informe 8/2015, de 23 de julio, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Generalitat de Catalunya (Pleno).
Asunto: Proyecto de orden por la cual se modifica la Orden ECO/47/2013, de 15 de marzo, por la cual se regula el funcionamiento y se aprueba la aplicación del Registro Público de Contratos de la Generalitat de Catalunya.
En la actualidad, de acuerdo con la Orden ECO/47/2013, la Administración de la Generalitat, su sector público, las universidades públicas y otras entidades sujetas al TRLCSP deben comunicar al Registro Público de Contratos de la Generalitat de Catalunya determinados datos de todos los contratos que adjudiquen sujetos al TRLCSP. En cambio, esta comunicación tiene carácter potestativo para las entidades de la Administración local catalana y para las entidades estatuarias.
Se somete a informe la modificación de la Orden ECO/47/2013, de 15 de marzo, por la cual se regula el funcionamiento y se aprueba la aplicación del Registro Público de Contratos de la Generalitat de Catalunya, con la finalidad de adaptarla a las Leyes 19/2014 y 3/2015, que establecen la obligación para las administraciones locales catalanas de comunicar al Registro Público de Contratos de la Generalitat de Catalunya determinados datos de los contratos formalizados.
También se establece el acceso libre de la ciudadanía a determinados datos del Registro Público de Contratos de la Generalitat de Catalunya sin necesidad de previa identificación.
-Ver informe: Cataluña. Informe JCCA nº 8-2015.Registro Público de Contratos