• Las CCAA no podrán avalar por encima del 1,5% de su PIB y las EELL hasta el 30% de sus ingresos corrientes.
    • Adicionalmente para CCAA se establece un límite a las operaciones individuales de avales, fijado en25 millones de euros o el 0,1% del PIB regional y para EELL no puede ser superior al 15% de sus ingresos corrientes.

    . Resolución de 9 de septiembre de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se define el principio de prudencia financiera de las comunidades autónomas de las operaciones financieras que tengan por objeto activos financieros o la concesión de avales, reavales u otra clase de garantías públicas o medidas de apoyo extra presupuestario.

    -Ver Resolución: MINHAP. Prudencia financiera CCAA 2015

    . Resolución de 9 de septiembre de 2015, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se define el principio de prudencia financiera de las entidades locales de las operaciones financieras que tengan por objeto activos financieros o la concesión de avales, reavales u otra clase de garantías públicas o medidas de apoyo extra presupuestario.

    -Ver Resolución: MINHAP. Prudencia financiera EELL 2015

    – Nota de prensa del Ministerio: 14-09-15 NP PRUDENCIA FINANCIERA SGCAL