En el BOE nº 218, de 11 de septiembre, se ha publicado la Ley Orgánica 10/2015, de 10 de septiembre, por la que se regula el acceso y publicidad de determinada información contenida en las sentencias dictadas en materia de fraude fiscal.
En relación con esta reforma, debe destacarse -como hace la Exposición de Motivos- que las condenas impuestas por la comisión de delitos relacionados con la defraudación fiscal tienen una importante relevancia fuera del proceso, pues distintas normas establecen consecuencias a tales condenas en materia de contratación pública, subvenciones y ayudas públicas o de intervención y disciplina de entidades financieras, cuya aplicación solo resulta efectiva si se efectúa una publicidad, aunque sea parcial, de las mismas.
A tales efectos, se añade un nuevo artículo 235 ter en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, con el fin de reconocer el carácter público del acceso al fallo de las sentencias condenatorias firmes en materias especialmente relevantes para el control fiscal: delitos contra la Hacienda Pública, delitos de insolvencia punible, cuando el acreedor sea el erario público o, finalmente, los delitos de contrabando, permitiendo en estos supuestos el acceso público a determinados datos personales del condenado o del responsable civil.
-Ver texto legal: LO 10-2015. Información fraude fiscal