Real Decreto XX/2015 por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    El presente reglamento viene a precisar las disposiciones contenidas en la Ley, en atención a las funciones y naturaleza de los sujetos incluidos en su ámbito de aplicación, y a desarrollar las obligaciones de publicidad activa cuyo cumplimiento les corresponde.

    La norma contiene, además, una serie de disposiciones aplicables al derecho de acceso a la información pública. Así, entre otros extremos, se regulan los aspectos formales de su ejercicio, la aplicación de las causas de inadmisión de la solicitud previstas en la Ley y la aplicación de los límites.

    Igualmente, y desde una perspectiva organizativa, el reglamento define el papel de las unidades de información previstas en la Ley, concretando sus funciones y la coordinación con la Oficina de la Transparencia y Acceso a la Información.

    También es objeto de tratamiento en el reglamento el régimen de impugnaciones previsto en la Ley, de tal manera que se desarrolla, entre otras cuestiones, la reclamación que con carácter potestativo, sustitutiva de los recursos administrativos y previa a la vía contencioso-administrativa, puede presentarse ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

    Finalmente, el texto desarrolla las previsiones de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre respecto al Portal de la Transparencia.

    El artículo 8 regula la publicidad de información con repercusión económica o presupuestaria (ver también DD.AA. 1ª y 2ª).

    – Ver borrador: Borrador de Reglamento de desarrollo de la Ley de transparencia