Recurso contra exclusión y adjudicación por oferta anormal en contrato de servicios, TRLCSP. Estimación. Umbral de temeridad. Oferta anormal o desproporcionada, justificación suficiente de la proposición. Exclusión incorrecta.

    Se impugna la exclusión de las ofertas de la recurrente y la adjudicación consiguiente del contrato de servicios -sujeto a regulación armonizada- para la “Asistencia técnica de dirección de ejecución, control y vigilancia y coordinación de seguridad y salud para la obra de construcción de terminales ferroviarias de mercancías y conexión ferroviaria a las líneas existentes, en los proyectos de interés regional Sur de Extremadura en Mérida, Norte de Extremadura en Navalmoral de la Mata y Plataforma Logística del Suroeste Europeo, 1a fase, en Badajoz”.

    Antes de entrar a considerar la cuestión de fondo, el Tribunal entra a valorar las disposiciones de los pliegos sobre los parámetros para apreciar las ofertas desproporcionadas. Como ha manifestado en resoluciones anteriores, “el establecer un umbral de temeridad muy próximo a la media de las ofertas, puede llegar a desnaturalizar la propia finalidad de la figura de las “ofertas con valores anormales o desproporcionados” y más en un sector como el de los servicios profesionales de ingeniería, afectado por la reducción de la demanda”.

    Por lo que se refiere a la motivación de la exclusión, el TACRC considera que las justificaciones aportadas por la empresa son adecuadas para explicar unas bajas como las propuestas por lo que sus ofertas no debieron ser excluidas.

    – Ver resolución: TACRC. Res 459-2015.Oferta anormal. Motivación suficiente