ROJ: STS 1597/2015 – ECLI:ES:TS:2015:1597
    Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
    Municipio: Madrid — Sección: 7
    Ponente: CELSA PICO LORENZO
    Nº Recurso: 54/2013 — Fecha: 20/04/2015

    El TS reitera la doctrina recogida en la Sentencia de 4 de febrero de 2014 (recurso ordinario 486/2011), señalando que la merma de flujos de vehículos, debido a la crisis económica, no constituye un riesgo imprevisible, sino una consecuencia reconducible al principio de riesgo y ventura que rige la contratación administrativa y la recurrente hubo de considerar cuando participó en el concurso que finalizó con la adjudicación de su concesión.

    – Ver Sentencia: STS 1597-2015.Concesión de autopista.Equilibrio económico

    – Mapa de la deuda de las concesionarias de autopistas de peaje en España (diario La Razón): Deuda concesionarias autopistas.La razón