Publicación de la Ley de indexación de la economía, que tiene como finalidad principal establecer una nueva disciplina no indexadora en el ámbito de la contratación pública, en los precios regulados y, en general, en todas las partidas de ingresos y de gastos de los presupuestos públicos. Se procede así a eliminar la regulación indexadora que, en buena medida, data de épocas con una inflación notablemente mayor. En los casos excepcionales en los que la revisión de valores monetarios sea indispensable, el objetivo de la Ley es eliminar los efectos de segunda ronda, ligando la actualización de precios y rentas a la evolución de los costes pertinentes en cada situación, facilitando con ello una mayor flexibilidad y una mejor reacción de la economía española ante perturbaciones.
De acuerdo con esta finalidad, constituye su objeto Ley el establecimiento de un régimen basado en que los valores monetarios no sean modificados en virtud de índices de precios o fórmulas que lo contengan.
Esta Ley responde a un compromiso del Gobierno en el marco del Programa Nacional de Reformas 2013 y 2014. Por su parte, el Consejo de la UE incluyó entre sus recomendaciones específicas para España la adopción de esta norma, para reducir la inercia de la inflación y propiciar una mayor reactividad de los precios a la situación económica.
La Ley deroga los artículos 90, 91 y 92 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector; y da nueva redacción a los artículos 47.5, 89, 131.1, d), 133.1, 355.3 TRLCS y al artículo 25 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
– Ver texto completo: Ley 2-2015. Indexación economía