El Tribunal de Cuenta critica que, para paliar la situación de acumulación de expedientes, el FOGASA haya formalizado una encomienda de gestión con la empresa pública TRAGSA, cuya actividad está relacionada con trabajos agrícolas, ganaderos y de protección de medio natural, y no con la actividad administrativa propia del organismo; considerando que, desde el punto de vista de la legalidad vigente, el FOGASA no debió realizar esta encomienda de gestión.
En relación con dicha encomienda de gestión, en el informe del Tribunal se señala, entre otros extremos, lo siguiente:
- La existencia de indicios de extralimitación de las funciones de apoyo encargadas a la empresa pública para el tratamiento de los expedientes, que además vulnera la normativa vigente. Por ello, los actos de reconocimiento y denegación de las prestaciones de garantía salarial que realice el Secretario General del organismo podrían adolecer de anulabilidad.
- Existen dudas razonables sobre si la tramitación de los 148.260 expedientes de prestaciones de garantía salarial, objeto de la encomienda solucionará el colapso de expedientes pendientes de tramitar o si será una mera formula transitoria, dado que, a 7 de abril de 2014, el número de expedientes pendientes de resolver por el FOGASA no solo no había disminuido, sino que había aumentado un 11% respecto a la cifra de expedientes pendientes a 31 de diciembre de 2013.
- El número medio mensual de expedientes aprobados por el organismo en el ejercicio 2013, sin la colaboración de la empresa pública, fue un 22% superior a la media de expedientes aprobados en los seis primeros meses del ejercicio 2014, cuando ya estaba actuando aquella.
- Comparando sólo los costes directos, si la tramitación de los expedientes de esta encomienda la hubieran realizado los propios funcionarios del FOGASA en el marco del Plan Especial de Actuación, el importe abonado a éstos hubiera ascendido a 274.281 euros, frente a los 3.267.000 euros de la encomienda de gestión.
- El coste medio por expediente tramitado a través de la encomienda estaba previsto en 21,78 euros, mientras que el importe abonado por el FOGASA a los funcionarios para instruir expedientes fuera del horario laboral fue de 1,85 euros brutos, lo que evidencia una diferencia del 1.077% entre un importe y otro.
- El personal de la empresa pública no tiene información relativa a las empresas que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha declarado que no tenían ningún tipo de actividad, por lo que existe el riesgo de reconocimiento indebido de prestaciones de garantía salarial.
De todo lo anterior cabe concluir que la formalización de la encomienda de gestión fue antieconómica para los fondos públicos del FOGASA.
– Ver mas información: http://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sala-de-prensa/news/APROBADO-EL-INFORME-DE-FISCALIZACION-SOBRE-LA-GESTION-Y-CONTROL-DE-LAS-PRESTACIONES-ABONADAS-POR-EL-FONDO-DE-GARANTIA-SALARIAL-EJERCICIO-2013/