El recurso tiene por objeto la Resolución del Director General de Transportes Terrestres de fecha 20 de mayo del año 2010, por la que se anunciaba la convocatoria pública y se aprobaba el Pliego de condiciones que había de regir la adjudicación de la concesión administrativa del servicio público regular permanente y de uso general de viajeros por carretera entre Madrid-Sevilla y Ayamonte ( Huelva ), que fue anulada por la sentencia recurrida. El TS acepta los argumentos de la Sentencia recurrida confirmando que la preferencia a favor del anterior concesionario solo puede utilizarse como fórmula para dirimir los empates en caso de similitud de ofertas, no siendo posible beneficiar al anterior concesionario en el caso de que la valoración obtenida por su oferta sea menor. Asimismo, estima que dicha preferencia no es aplicable si el antiguo concesionario interviene en la lcitación en agrupación con otras empresas
Roj: STS 4560/2014 – ECLI:ES:TS:2014:4560
Id Cendoj: 28079130072014100358
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 7
Nº de Recurso: 3919/2013
Nº de Resolución:
Procedimiento: RECURSO CASACIÓN
Ponente: JOSE DIAZ DELGADO
Ver Sentencia: STS 4560-2014.Concesión sspp. Criterios de valoración.Globalia