Por el Ayuntamiento de La Oliva (Fuerteventura) se solicita informe acerca de las siguientes cuestiones:
    1.‐ La transformación de una sociedad mercantil íntegramente municipal en mixta y la posibilidad de que la sociedad mixta se haga cargo de la gestión de los servicios de alcantarillado y depuración.
    2.‐ El régimen jurídico de las tarifas a cobrar por la sociedad mixta gestora.
    3.‐ Pago del importe de la liquidación del contrato.
    4.‐ La asunción de deudas del Ayuntamiento por la sociedad mixta.

    En relación con el primer punto el citado Informe concluye que: “Una de las posibilidades que se ofrecen para crear una CPPI conforme con los principios de la legislación comunitaria, evitando los problemas derivados de la doble licitación, es actuar de la manera siguiente: el socio privado es seleccionado mediante un procedimiento de licitación transparente y competitivo cuyo objeto es el contrato público o la concesión que se ha de adjudicar a la entidad de capital mixto y la contribución operativa del socio privado a la ejecución de esas tareas y/o su contribución administrativa a la gestión de la entidad de capital mixto. La selección del socio privado va acompañada de la creación de la CPPI y la adjudicación del contrato público o la concesión a la entidad de capital mixto”.

    – Ver texto completo: Audiencia de Cuentas de Canarias. Informe 04-14. Empresa mixta