El presente Decreto tiene por objeto regular el procedimiento para la colaboración entre el Gobierno de Aragón y otras Administraciones Públicas, sin perjuicio de la participación de entidades privadas para la realización de actuaciones de interés conjunto en carreteras que discurran por el territorio de Aragón y sean de titularidad de la Administración Autonómica. Se aplicará a las actuaciones de interés conjunto sobre las carreteras de titularidad del Gobierno de Aragón que puedan ser concertadas, entre el Departamento competente en materia de carreteras y las Diputaciones Provinciales, los Municipios y, en su caso, las Comarcas de Aragón, las Confederaciones Hidrográficas o Entidades Privadas interesadas por el desarrollo de su actividad en actuaciones en materia de carreteras.
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