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    Se recoge el Acuerdo adoptado en las Comisiones de Clasificaciones de Contratistas de Obra y de Servicios de la JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA, de 23 de julio de 2014, en relación con la ampliación a diez años, en el caso de empresas clasificadas como contratistas de obras del Estado, y a cinco años en el caso de empresas clasificadas como contratistas de servicios del Estado, el plazo de cómputo de la experiencia en trabajos propios de los grupos y subgrupos en los cuales se encuentran clasificadas, a los efectos de justificación del mantenimiento de su solvencia técnica, de acuerdo con lo previsto por la Disposición Final Tercera de la Ley 25/2013, de 17 de diciembre, de impulso de la factura electrónica (ver circular 001/035/2014). Circular CNC. Acuerdo JCCA.Ampliacion plazo acreditacion solvencia

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