El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Presidente del Gobierno de la nación contra los artículos 2, 3.1, 3.2, 4 y 5 del Decreto-ley 3/2022, de 6 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas excepcionales y urgentes en la contratación pública en Aragón.
ZARAGOZA, 24 (EUROPA PRESS)
El Ejecutivo aragonés justificaba dichas medidas por “las circunstancias excepcionales que atraviesa la ejecución de los contratos de obra pública, debido al constante y extraordinario incremento del precio de las materias primas y los materiales, traduciéndose en resoluciones contractuales por imposibilidad de ejecución, litigiosidad contencioso-administrativa por reclamación de indemnización de daños y perjuicios, afección al tejido empresarial autonómico y a la pequeña y mediana empresa, con la subsiguiente afección a los trabajadores”.
El TC, al invocar el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, suspende la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso de inconstitucionalidad (5 de enero de 2023), para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros, lo que se comunicará a los presidentes de los órganos autonómicos.
El Gobierno considera que el Decreto-Ley autonómico impugnado puede no acomodarse a la legislación básica estatal en materia de contratos públicos.