REGLAMENTO (UE) 2022/1031 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de junio de 2022, sobre el acceso de los operadores económicos, bienes y servicios de terceros países a los mercados de contratos públicos y de concesiones de la Unión, así como sobre los procedimientos de apoyo a las negociaciones para el acceso de los operadores económicos, bienes y servicios de la Unión a los mercados de contratos públicos y de concesiones de terceros países (Instrumento de contratación internacional-ICI)

    El presente Reglamento establece medidas en materia de contrataciones no cubiertas, destinadas a mejorar el acceso
    de los operadores económicos, bienes y servicios de la Unión a los mercados de contratos públicos y de concesiones de terceros países. Establece procedimientos para que la Comisión lleve a cabo investigaciones sobre supuestas medidas o prácticas de terceros países contra los operadores económicos, bienes y servicios de la Unión, e inicie consultas con los terceros países en cuestión.

    El presente Reglamento permite a la Comisión la imposición de medidas ICI en relación con tales medidas o prácticas de terceros países, con el fin de restringir el acceso de operadores económicos, bienes o servicios de terceros países a los procedimientos de contratación pública de la Unión.

    El presente Reglamento se aplicará a los procedimientos de contratación pública a que se refieren las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE y 2014/25/UE.

    Previa solicitud motivada de un Estado miembro, la Comisión podrá adoptar, con vistas a procurar un reparto
    equitativo entre los Estados miembros de los procedimientos de adjudicación sujetos a la medida ICI, una lista de los poderes adjudicadores locales en ese Estado miembro, dentro de las unidades administrativas con una población inferior a 50.000 habitantes, a las que se exima de la aplicación del presente Reglamento.

    – Ver Reglamento: REGLAMENTO (UE) 2022-1031