STS, a 19 de abril de 2022 – ROJ: STS 1515/2022
ECLI:ES:TS:2022:1515 Sala de lo Contencioso Nº de Resolución: 451/2022 Municipio: Madrid Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE Nº Recurso: 6677/2018
RESUMEN: Contratación pública. Dies a quo del plazo de prescripción para reclamar el importe de las obras realizadas cuando no ha existido una liquidación definitiva.
El presente recurso de casación impugna la sentencia nº 638, de 26 de junio de 2018 (rec. apelación 154/2018) de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, con sede en Valladolid, por la que se desestimó el recurso de apelación interpuesto por D. Moises contra la sentencia nº 140/2017, de 31 de julio (procedimiento 300/2015) del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de León, en relación con la concesión administrativa del servicio de matadero municipal.
La presente controversia se centra, tal y como se solicita Auto de admisión, en determinar cuál es el dies a quo del plazo de prescripción de las acciones del contratista para reclamar el importe de las obras ejecutadas cuando no hay liquidación definitiva del contrato.
La duda se centra en determinar si en el caso de que la Administración resuelva el contrato pero no realice la liquidación, comienza o no el cómputo del plazo para que el contratista reclame el importe de las obras ejecutadas o los servicios prestados.
El TS concluye que “en los supuestos de resolución del contrato en los que no se haya practicado la liquidación, el dies a quo para cómputo del plazo de prescripción de la acción que tiene el contratista para reclamar el importe de las obras realizadas con arreglo al proyecto empieza con la conclusión o extinción de la relación contractual”.
– Ver sentencia: STS 1515_2022.Cont obras.Reclamación intereses