Resolución de 7 de enero de 2022, de la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se establecen instrucciones relativas al calendario, actuaciones, contenido de los planes de ajuste, y de su revisión, y de los modelos para utilizar en el procedimiento extraordinario de financiación para la cancelación de obligaciones pendientes de pago de determinadas entidades locales.

    – Ver resolución: Disposición 472 del BOE núm. 10 de 2022

    Nota: Llama la atención la naturaleza jurídica de la presente resolución. Según se recoge en su exposición de motivos, no es una disposición administrativa general (tampoco una instrucción del art. 6 de la Ley 40/2015), sino un “acto administrativo general”:

    “A la vista de su contenido, la presente Resolución no tiene carácter de disposición normativa que suponga desarrollo de las determinaciones legales, sino más propiamente un acto administrativo de efecto general, que trae causa de un mandato legal, y cuyos destinatarios son una pluralidad de entidades y personas, y cuya función es la de ejecutarse en un momento concreto y agotar sus efectos una vez aplicado el mismo. En tal sentido, y tratándose de un acto destinado a servir de herramienta fundamental para la tramitación de los procedimientos que han de gestionar las Entidades Locales en relación con sus respectivos proveedores, así como los de aquellas con esta Secretaría General, procede dar la publicidad necesaria de su contenido para su máxima difusión y conocimiento”

    Sin embargo, se trata de un acto administrativo suis generis, que no incorpora pie de recurso (no vaya a ser que a alguna entidad local se le ocurra recurrirla).