Resolución nº 1562/2021
    Fecha Resolución: 11/11/2021
    Descripción: Recurso contra adjudicación en contrato de servicios, LCSP. Estimación. Discutiéndose la puntuación obtenida por la adscripción de un vehículo que es híbrido, como exigía el PCAP, en uno de los sentidos de dicha expresión conforme al Reglamento General de vehículos. Admisión de la procedencia de la infracción denunciada por parte del órgano de contratación. Obligación de conferir al recurrente la posibilidad de subsanar los defectos en la documentación aportada.

    Recurso interpuesto por CET XAVIER AGUILAR PEDREROL contra la Resolución de Adjudicación de fecha 8 de junio de 2021 de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Publica de la Generalitat Valenciana, del expediente de adjudicación del “servicio de gestión de la retirada y destrucción de documentación confidencial del Departamento de Salud Valencia La Fe”.

    Se cuestiona el apartamiento por el órgano de contratación de la propuesta de la mesa, por entender aquél que uno de los vehículos ofertados por la recurrente no cumple el criterio de adjudicación consistente en ser un vehículo de motorización híbrido o eléctrico.

    A la vista de lo dispuesto en el artículo 7.2 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, el TACRC considera que asiste la razón a la adjudicataria, lo que impide aceptar el allanamiento del órgano de contratación.

    No obstante, tomando en consideración que el recurrente cumplimentó el requerimiento de documentación de manera incompleta, procede estimar el recurso, anular el acto de adjudicación y retrotraer el procedimiento al momento de la formulación del requerimiento de documentación por el órgano de contratación, a efectos de que se confiera al recurrente la posibilidad de subsanar los defectos en la documentación aportada.

    – Ver resolución: TACRC. Res 1562-2021. Cont servicios. Claúsula ambiental. Requisito de vehículo híbrido