ROJ: STS 602/2021 – ECLI:ES:TS:2021:602
Nº de Resolución: 246/2021 Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Municipio: Madrid Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO Nº Recurso: 2463/2019 Fecha: 22/02/2021 Tipo Resolución: Sentencia
RESUMEN: En los litigios sobre cumplimiento de contratos del sector público, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la entidad contratante forma parte del precio y, a los efectos procesales de la cuantía del litigio, integra el valor económico total de la reclamación. Estimación.
El presente recurso de casación se interpuso por la entidad ASITEC INGENIERÍA, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE S.L.P. contra la sentencia núm. 220/2019, de 31 de enero, de la Sección Primera-Refuerzo de Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Granada, que inadmite por razón de la cuantía reclamada el recurso de apelación núm. 809/2017 formulado frente a la sentencia núm. 176/2017, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 4 de Granada, de fecha 2 de mayo de 2017, desestimatoria del procedimiento ordinario núm. 96/2015 instado contra la desestimación por silencio administrativo de la reclamación presentada por la mercantil, el 16 de septiembre de 2014, ante el Ayuntamiento de Ogíjares, del pago del importe de sus honorarios profesionales derivado del contrato de arrendamiento de servicios, de fecha de 24 de abril de 2006, consistente en la redacción de los proyectos técnicos que resulten necesarios para el desarrollo del Suelo Urbanizable de Uso Industrial del Plan General de Ordenación Urbanística del citado municipio.
La cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es aclarar si el IVA ha de ser incluido o no en la cuantía de la pretensión a efectos procesales, cuando se suscita la reclamación del abono de una contraprestación.
En relación con el conflicto planteado, el TS fija como doctrina jurisprudencial que en los litigios sobre cumplimiento de contratos del sector público, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido que debe soportar la entidad contratante forma parte del precio, y, a los efectos procesales de la cuantía del litigio, integra el valor económico total de la reclamación.
– Ver sentencia: STS 602_2021.Contrato.IVA.Cuantía del litigio