Resolución de 10 de noviembre de 2020 de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y
    Administración Pública por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Gobierno de aprobación del código de conducta en la contratación pública de la Región de Murcia, adoptado en su sesión de 5 de noviembre de 2020.
    Este código recoge valores éticos y normas de conducta, así como principios de buenas prácticas que deben regir la actuación de todos los intervinientes en los procesos de contratación pública; tiene carácter preventivo y orientador de la actividad de los cargos públicos y empleados públicos regionales que desplieguen sus actividades directivas o profesionales en el ámbito de la contratación pública, y está destinado exclusivamente a mejorar la cultura ética y las buenas prácticas en contratación de la Administración Regional y llamado a formar parte de la
    cultura organizacional e idiosincrasia de nuestra Administración.
    El código no posee valor normativo, tiene una dimensión axiológica y un carácter marcadamente deontológico para los profesionales de la contratación en la Administración Regional, careciendo de contenido disciplinario aplicable a los empleados públicos.
    El código constituye para los gestores públicos responsables una directriz de actuación, definiendo las exigencias éticas y de buena gestión que estos han de asumir en su quehacer, quedando vinculados a él todos los cargos y empleados públicos regionales en los términos establecidos en el presente texto.
    En lo que se refiere a las empresas y entidades licitadoras se incardinará como un compromiso cuyo cumplimiento asumirán en los documentos contractuales que regulan las relaciones entre Administración y contratista.
    Además, es un documento vivo y dinámico, que parte de unos estándares mínimos por lo que se podrán ir incorporando nuevos requerimientos según avance la práctica administrativa.

    -Ver código de conducta:Región de Murcia.Código conducta contratación