Este Real Decreto-ley recoge el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que permitirá movilizar hasta 5.000 millones para los ayuntamientos con remanentes de tesorería y destinarlos a programas de cuidados de proximidad, movilidad, vivienda, desarrollo sostenible y promoción de la actividad cultural.
Con esta medida, según anuncia el Gobierno en su web, se muestra su compromiso con las Entidades Locales al atender una de las peticiones históricas y permitir por primera vez que los remanentes acumulados a lo largo de los años se traduzcan en una mayor capacidad de gasto. También refuerza la autonomía local al incrementar sus ingresos y amplía la capacidad de la administración municipal para responder a las necesidades de los ciudadanos en un momento de emergencia sanitaria.
Los ayuntamientos podrán destinar los 5.000 millones a grandes áreas como la política de cuidados, la movilidad sostenible, la agenda urbana o el apoyo a la cultura. En concreto, y entre otras muchas medidas los municipios podrán utilizar los recursos que les transferirá el Estado para aumentar los servicios y programas para las personas mayores, dependientes o con discapacidad; reforzar el sistema de ayuda a domicilio y el servicio de teleasistencia; mejorar los servicios de atención para víctimas de violencia de género; construir y mejorar las escuelas infantiles entre 0 y 3 años; incrementar la vivienda en alquiler a precios asequibles; fomentar la movilidad sostenible con la construcción de carriles bici, desarrollar acciones en zonas de protección medioambiental o aprobar políticas de apoyo a la promoción cultural.
Un mecanismo voluntario
La Ley de Estabilidad Presupuestaria y la Constitución Española impiden que las Entidades Locales registren déficit. Ante esta situación, el Real Decreto-ley recoge el procedimiento acordado entre el Ministerio de Hacienda y la FEMP, que permitirá a los ayuntamientos aumentar sus ingresos y, con ello, su capacidad de gasto, respetando la normativa vigente y permitiendo ofrecer servicios públicos de mayor calidad.
En concreto, el decreto establece que las Entidades Locales que así lo deseen constituirán voluntariamente un préstamo a favor de la Administración General del Estado por el total de sus remanentes de tesorería.
Una vez conocido el volumen de esos fondos, el Estado realizará un ingreso no financiero a las Entidades Locales participantes. El importe de dicho ingreso supondrá para cada municipio, como mínimo, el 35% de los fondos aportados al préstamo a la Administración Central, y se incrementará hasta totalizar un importe de 5.000 millones de euros entre todas las entidades participantes.
El Estado transferirá a las entidades locales un máximo de 2.000 millones en 2020 y 3.000 millones en 2021. El dinero se liberará en dos años para atender la petición de la FEMP de dar a los ayuntamientos un plazo suficiente para ejecutar los 5.000 millones. Además, el Estado devolverá el importe íntegro del préstamo en un plazo de 10 años a contar desde 2022 aunque el plazo podría alcanzar los 15 años si la Dirección General del Tesoro y Política Financiera ofrece condiciones más ventajosas.
Por tanto, los ayuntamientos recibirán la devolución íntegra de sus remanentes y, además, contarán con la movilización adicional de 5.000 millones repartida en los ejercicios 2020 y 2021. Las transferencias realizadas por el Estado se imputarán como un ingreso no financiero para los ayuntamientos, lo que les permitirá incrementar su gasto sin incurrir en déficit. Es decir, el Gobierno asume la responsabilidad y el coste del incremento presupuestario municipal para asentar la recuperación social y económica.
Agilizar los plazos
El objetivo es agilizar al máximo la transferencia a los ayuntamientos de estos recursos necesarios para afrontar los efectos provocados por la COVID-19.
En este sentido, los municipios que así lo decidan, tendrán hasta el 15 de septiembre de 2020 para trasladar su compromiso firme, vinculante e irrenunciable de transferir sus remanentes de tesorería. El Gobierno, a su vez, se compromete a abonar los 2.000 millones del fondo correspondiente a 2020 en el período de un mes desde que finaliza el plazo para adherirse al mecanismo. Esto significa que los ayuntamientos contarán con los recursos antes del 15 de octubre de 2020.
A través de esta fórmula, los ayuntamientos que cuenten con remanentes de tesorería y que así lo deseen podrán incrementar sus ingresos y capacidad de gasto para mejorar los servicios que ofrecen a los ciudadanos, colaborar en la tarea de reconstrucción del país tras la emergencia sanitaria y respetar al mismo tiempo el equilibrio presupuestario.
Regla de gasto
Además, el decreto aprobado incluye otra serie de medidas que buscan aliviar la presión sobre las arcas municipales en un contexto de emergencia como el actual. En concreto, contempla que ante la grave situación provocada por la pandemia, excepcionalmente no se exigirá el cumplimento de la regla de gasto para las Entidades Locales durante el ejercicio 2020.También se permitirá excepcionalmente prorrogar el procedimiento de ejecución de inversiones financieramente sostenibles, cuyos proyectos se iniciaron en 2019 y que se estén financiando con superávits de 2018.
Asimismo, también se recoge que en el próximo curso político se constituirá una mesa de trabajo técnica entre la FEMP y el Gobierno para sentar las bases de la reforma del sistema de financiación local.
Fondo de Transporte
Por otra parte, el acuerdo contempla que en los Presupuestos Generales del Estado se incluirá un Fondo de 275 millones para compensar el déficit extraordinario de los servicios de transporte de competencia municipal durante el período del Estado de alarma, así como el que se produzca hasta final de 2020 por reducción de los ingresos por tarifa y costes extraordinarios ocurridos por la COVID.
El Fondo se podrá ampliar a 400 millones siempre que se justifique y acredite la insuficiencia de la dotación inicial.
Apoyo a municipios con problemas de liquidez
El acuerdo establece mecanismos para que los Cabildos Insulares den apoyo a municipios con problemas de liquidez o que se encuentren en riesgo financiero. Para ello, se crean dos instrumentos:
-Se permitirá formalizar préstamos o concertar operaciones de crédito con los ayuntamientos para financiar el remanente de tesorería negativo que presenten dichas entidades al cierre del ejercicio de 2019.
-Se permitirá realizar, con cargo al superávit de 2019, transferencias corrientes a estos ayuntamientos con problemas, de carácter finalista, considerándose excepcionalmente en 2020 como inversiones financieramente sostenibles y no computando en regla de gasto.
Asimismo, se estudiará la revisión de las condiciones financieras de los préstamos formalizados con el Fondo de Financiación a Entidades Locales. En concreto, se posibilita la financiación de las deudas con acreedores públicos que se estén compensando mediante retenciones de la participación en tributos del Estado o que se estén cancelando mediante acuerdos de fraccionamiento y aplazamiento suscritos con dichos acreedores, fundamentalmente, la Agencia Tributaria y la Tesorería de la Seguridad Social. Esta medida va dirigida a municipios que se encuentran en situación de riesgo financiero y con deudas con estos organismos públicos. Con esta medida, podrán cancelar sus deudas y sustituirlas por préstamos con el Fondo de Financiación de EELL.
Además, para municipios que hayan presentado en los dos últimos ejercicios problemas de liquidez o solvencia se posibilita la consolidación de deuda a corto en deuda a largo plazo. Con esta medida, se reducirán las tensiones de tesorería.
Por otra parte, debido a la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, el decreto establece las normas para el cálculo de la liquidación definitiva de la participación de las Entidades Locales en los tributos del Estado del año 2018.
Apoyo constante a los municipios
Hacienda mantiene las entregas a cuenta de 2020 para los ayuntamientos.
Modificación de la DF 7ª de la Ley 39/2015
La disposición adicional sexta modifica la disposición final séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, retrasando la entrada en vigor de los aspectos relativos a la Administración electrónica:
«Entrada en vigor.
La presente Ley entrará en vigor al año de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”. No obstante, las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos, registro electrónico, registro de empleados públicos habilitados, punto de acceso general electrónico de la Administración y archivo único electrónico producirán efectos a partir del día 2 de abril de 2021»
-Ver RD-ley 27/202ª0: RDley 27-2020.Medidas financieras entidades locales
La Federación trabaja durante estos días con la Dirección General del Tesoro para perfilar las condiciones del préstamo –mañana, 7 de agosto, finaliza la fase de consultas de la norma- entre las que quedará recogido este periodo de 10 años que forma parte del Acuerdo suscrito por la FEMP, según ha remarcado Caballero.
El Presidente, además, ha recordado que la cesión de los remanentes es totalmente voluntaria, y “la única alternativa para poder gastarlos sin incumplir la ley de Estabilidad Presupuestaria”. “Es -ha insistido- el acuerdo más importante que firmó nunca la FEMP con un Gobierno de España y beneficioso para los Ayuntamientos. Pasamos de una situación en la que no podíamos utilizar nuestros remanentes porque la ley lo prohíbe, a que el Gobierno de España nos asigna 5.000 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y nos devuelva, a partir de 2022 y durante diez años, todos los remanentes para que podamos gastarlos”.