SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Quinta) de 8 de mayo de 2014
«Contratos públicos de suministro — Directiva 2004/18/CE — Adjudicación del contrato sin incoación de un procedimiento de licitación — Adjudicación denominada “in house”— Adjudicatario jurídicamente distinto de la entidad adjudicadora — Requisito de “control análogo” — Entidad adjudicadora y adjudicatario que no tienen entre sí una relación de control — Autoridad pública tercera que ejerce un control parcial sobre la entidad adjudicadora y un control sobre el adjudicatario que podría calificarse de “análogo” — “Operación interna horizontal”»