El Ministerio de Hacienda ha publicado una NOTA INFORMATIVA SOBRE LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES DEL INFORME DE SOSTENIBILIDAD FINANCIERA DEL ARTÍCULO 7.4 DE LA LEY REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCAL (LRBRL).

     En ella se parte de una realidad consistente en el hecho de que ante la situación generada por la pandemia del COVID 19, se han incrementado la petición de solicitudes vinculadas a gastos relacionados con los efectos derivados de la pandemia que puedan estar provocando la existencia de duplicidades, existiendo informes denegatorios en este sentido de los órganos competentes de la administración con competencia material sobre la misma.

    Por ello, desde MINHAC, se insiste en que, a pesar de las actuales circunstancias, para el legal ejercicio de la competencia en el marco del artículo 7.4 de la LRBRL, son preceptivos y vinculantes ambos informes, y que sin el segundo (administración competente por razón de la materia), no es posible ejercer dicha competencia, salvo en aquellos casos exceptuados legalmente (es el caso de inicio, tramitación y gestión previas a la resolución de los expedientes de concesión del ingreso vital mínimo, siempre y cuando se haya suscrito el oportuno convenio con el INSS) y que, de hacerlo, se estaría ejerciendo fuera del marco legal, todo ello, sin perjuicio de las responsabilidades personales a que hubiere lugar.

    https://www.hacienda.gob.es/Documentacion/Publico/DGCFEL/20200610_000_Informes%20Preceptivos%20Articulo%207-4%20LBRL_WEB_20200602.V3.pdf