Resolución de 7 de abril de 2020, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se da publicidad a la Resolución de 4 de abril de 2020, por la que se sustituye la fiscalización previa de determinados gastos, órganos y servicios por el control financiero permanente debido a la crisis sanitaria consecuencia del COVID-19

    El objeto de esta resolución es determinar la sustitución de la fiscalización previa de los gastos y obligaciones de carácter presupuestario que se relacionan en el anexo, por el control financiero permanente, de conformidad con lo establecido en los artículos 93.2 y 94.2 del Texto Refundido de la Ley General Pública de la Junta de Andalucía, y con base en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de marzo de 2020, por el que se adoptan medidas urgentes y excepcionales en el ámbito del control interno de la gestión económico-financiera atribuido a la Intervención General de la Junta de Andalucía, como consecuencia del COVID-19.

    ANEXO:

    II. GASTOS DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

    1. Contratos de tramitación de emergencia a que se refiere el artículo 9.1 del Decreto-ley 3/2020, de 16 de marzo, de medidas de apoyo financiero y tributario al sector económico, de agilización de actuaciones administrativas y de medidas de emergencia social, para luchar contra los efectos de la evolución del coronavirus (COVID-19).