Expediente 23/18

    Materia: Contratos menores de I+D+I.

    La Universidad Politécnica de Madrid plantea consulta acerca de la interpretación del artículo 168 c), punto 1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que permite adjudicar los contratos mediante el procedimiento con negociación sin publicidad cuando los productos se fabriquen exclusivamente para fines de investigación, experimentación, estudio o desarrollo.

    La JCCP del Estado formula las siguientes CONCLUSIONES:

    1º. La regla contenida en el artículo 168 c), punto 1º de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público no implica que todos los contratos de I+D+I estén sujetos a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, sino que cuando estén sujetos a ella conforme a la regla del artículo 8 podrán tramitarse a través del procedimiento negociado sin publicidad si cumplen las estrictas características descritas en el primero de los preceptos citados.

    2º. Las adquisiciones de bienes y servicios cuyos pagos se tramiten a través del sistema de anticipos de caja fija y que constituyan contratos menores de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, siempre y cuando su valor estimado no exceda de 5.000 €, no exigen la realización del informe de necesidad del contrato ni la justificación de que no se está alterando su objeto con el fin de evitar la aplicación de los umbrales propios del contrato menor por expresa imposición del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales. Sensu contrario, el resto de normas de los contratos menores sí serían aplicables cuando se cumplan los requisitos legales.

    – Ver informe: JCCPEst. Inf 23-2018.Contratos investigación. Proc negociado sin publicidad