Este Reglamento tiene por objeto la regulación del funcionamiento de la Central Insular de Contratación de Lanzarote, que se constituye para hacer efectivo uno de los principios básicos que inspiran la Ley de Contratos, como es el de la racionalización en la contratación pública.

    – Composición de la Central de Contratación:
    • Presidente: miembro de la Corporación o quien le sustituya, pudiendo ser también funcionario.
    • Secretario/a o personal funcionario del Departamento de Contratación.
    • Vocales:
    Titular de la Asesoría jurídica o quien le sustituya.
    Interventora del Cabildo Insular de Lanzarote o quien le sustituya.
    Responsable del Área Gestora.
    Técnico del Área Gestora.

    Las competencias de la Central de Contratación son la establecidas en la Ley de Contratos del Sector Público y en las Instrucciones de Contratación del Cabildo Insular de Lanzarote (Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de fecha 26 de julio de 2018).

    -Ver reglamento: Cabildo Lanzarote.Central Insular de Contratación