Trabajo publicado en Estudios Jurídico en Homenaje al prof. Francisco Clavijo Hernández, Aranzadi, 2019, págs. 757-787.
SUMARIO:
- INTRODUCCIÓN. II. EL PUNTO DE PARTIDA DE LA NUEVA CONTRATACIÓN PÚBLICA SOCIAL. 1. La Comunicación de la Comisión sobre la integración de los aspectos sociales en los contratos públicos de 2001. 2. Las cláusulas sociales en la Directiva de contratación pública de 2004 y en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia. III. LA DIFICULTOSA IMPLANTACIÓN DE LAS “CLÁUSULAS SOCIALES” EN LA LCSP DE 2007 Y EN EL TRLCSP DE 2011. IV. LA CONTRATACIÓN SOCIALMENTE RESPONSABLE COMO PARTE DE LA ESTRATEGIA EUROPA 2020. 1. La consolidación de las medidas sociales en las Directivas de contratos públicos de 2014. 2. Balance de la regulación de las cláusulas sociales en la Directiva 2014/24/UE. 2.1. La distinción entre criterios de adjudicación y condiciones de ejecución. 2.2. Requisitos de obligado cumplimiento. V. LAS CLAVES DE LAS “CLÁUSULAS SOCIALES” EN LA LEY 9/2017. 1. La implementación de políticas sociales como objetivo esencial de la contratación pública. 2. La obligación general de velar por el cumplimiento de la normativa social y laboral. 3. La inclusión de cláusulas sociales en los contratos públicos. 3.1. Como criterios de selección del contratista. 3.2. Como criterios de adjudicación del contrato. 3.3. Como condiciones de ejecución.VI. REFLEXIÓN FINAL: LA APLICACIÓN PRÁCTICA DE LAS CLÁUSULAS SOCIALES EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.