Expediente 5/19
    Materia: Posibilidad de hipotecar una concesión de servicios.

    La consulta planteada se refiere a la posibilidad de hipotecar una concesión de servicios (con con ejecución de obra) conforme al TRLCSP de 2011, cuestión polémica dado el silencio del legislador al respecto, a diferencia de lo que sucedía con la concesión de obra pública.

    La concesión analizada tiene por objeto la gestión de los servicios de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos (r.s.u.), recogida selectiva de envases ligeros y de papel cartón, limpieza viaria urbana, limpieza de playas y gestión del punto limpio en el municipio

    La JCCP del Estado reconoce que un análisis liminar de la regulación legal nos puede llevar a entender que la inclusión novedosa de la posibilidad de hipotecar las concesiones de servicios en la LCSP de 2017 supone que tal cosa no era posible conforme a la legislación anterior. Sin embargo, esta interpretación sería errónea. Así sostiene que:

    “no parece razonable que si la ley permite sin discusión la hipoteca de las concesiones de obras, no se permita para aquellas concesiones de servicios que también incluyen entre sus prestaciones la ejecución de alguna obra de carácter inmobiliario y que, del mismo modo que las anteriores, requieren de una financiación específica y concreta para su viabilidad. Es evidente que la misma razón económica (la necesidad de financiación externa) que ha justificado siempre la hipotecabilidad de la concesión de obras es aplicable a las concesiones de servicios que afecten a alguna obra de carácter inmobiliario. Se trata de una condición económica común que otorga una misma justificación a la hipoteca en ambos casos”.

    En consecuencia, concluye que:

    • La hipoteca de la concesión de servicios también era posible jurídicamente bajo la vigencia del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aunque no se mencione expresamente en el mismo.
    • Tal hipoteca se rige por lo dispuesto en los artículos 261 a 264 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que se aplican analógicamente al caso.

    – Ver informe:  JCCPEst.Inf 05-2019.hipotecaconcesionservicios