La D.A. 2ª, relativa a la “contratación de servicios de seguridad privada por las administraciones públicas”, prevé la incorporación en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de condiciones especiales de ejecución de los contratos de servicios de seguridad relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las empresas de seguridad privada contratistas,

    Ley 5-2014.Seguridad privada