Ley de la Comunidad Valenciana nº 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI

    Artículo 44. Contratación administrativa y subvenciones.

    Las guías de inclusión de las cláusulas sociales en la contratación administrativa incluirán medidas destinadas a la igualdad en atención a la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

    Asimismo, la Generalitat podrá incorporar a las bases reguladoras de las subvenciones públicas las actuaciones destinadas a lograr la igualdad de oportunidades en atención a la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.

    Artículo 62. Sanciones.

    1. Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 6.000 euros.
    2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 6.001 hasta 60.000 euros. Además, podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:
    3. b) Prohibición de contratar con la Generalitat, sus organismos autónomos o entes públicos por período de hasta tres años.
    4. c) Inhabilitación temporal, por un período de hasta tres años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
    5. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 hasta 120.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:
    6. b) Inhabilitación temporal, por un período de tres a cinco años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
    7. c) Prohibición de contratar con la Generalitat, con sus organismos autónomos o entes públicos por un período de tres a cinco años.