Ley de la Comunidad Valenciana nº 23/2018, de 29 de noviembre, de igualdad de las personas LGTBI
Artículo 44. Contratación administrativa y subvenciones.
Las guías de inclusión de las cláusulas sociales en la contratación administrativa incluirán medidas destinadas a la igualdad en atención a la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.
Asimismo, la Generalitat podrá incorporar a las bases reguladoras de las subvenciones públicas las actuaciones destinadas a lograr la igualdad de oportunidades en atención a la orientación sexual, identidad de género, expresión de género, desarrollo sexual o grupo familiar.
Artículo 62. Sanciones.
- Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o multa de hasta 6.000 euros.
- Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 6.001 hasta 60.000 euros. Además, podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:
- b) Prohibición de contratar con la Generalitat, sus organismos autónomos o entes públicos por período de hasta tres años.
- c) Inhabilitación temporal, por un período de hasta tres años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
- Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 60.001 hasta 120.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:
- b) Inhabilitación temporal, por un período de tres a cinco años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
- c) Prohibición de contratar con la Generalitat, con sus organismos autónomos o entes públicos por un período de tres a cinco años.