Informe solicitado a petición de la Diputación de Málaga, relativo a la aplicación de las normas sobre contratos menores a determinados contratos privados.
En sus conclusiones, la JCCP del Estado sostiene lo siguiente:
- De conformidad con las previsiones contenidas en la Ley 9/2017, a los contratos privados de creación e interpretación artística le serían de aplicación las normas de procedimiento relativas al contrato menor en la medida en que se encuentran ubidadas dentro del Libro Segundo de la Ley, y siempre que respeten los umbrales y los demás requisitos predicables del contrato menor.
- Los contratos de patrocinio, dado que no tienen una regulación expresa en la Ley y no pueden considerarse como contratos típicos, deben considerarse como contratos privados, por lo que también les resultaría de aplicación la normativa relativa a los contratos menores.
- Sería posible recurrir al procedimiento negociado sin publicidad con base en las causas del artículo 168 a) 2º respecto a aquellos contratos con un claro contenido de carácter artístitco único.
– Ver informe: JCCPE. Informe 7-2018. Contratos menores privados